La reforma también establece las obligaciones de quienes administren o gestionen servicios a través de plataformas digitales.
Ciudad de México, 12 de diciembre (SinEmbargo).– La Cámara de Senadores aprobó, en lo general y particular, la reforma que regula la actividad de los repartidores mediante el uso de plataformas digitales y que les otorga la protección de la seguridad social.
En lo general el dictamen fue avalado con 113 votos y posteriormente en lo particular y los artículos reservados se aprobó con 80 votos a favor, 30 en contra y una abstención.
La iniciativa, presentada por la Presidenta Claudia Sheinbaum en octubre pasado, garantiza que quienes laboren en plataformas digitales cuenten con beneficios como la seguridad social, atención médica e incluso crédito para la vivienda, entre otros.
✅ Por unanimidad, con 113 votos a favor, se aprueba en lo general y los artículos no reservados del dictamen que reforma la Ley Federal del Trabajo, en materia de plataformas digitales
— Senado de México (@senadomexicano) December 13, 2024
La reforma añade un Capítulo IX Bis a la Ley Federal del Trabajo (LFT) a fin de definir la naturaleza del trabajo en plataformas digitales, sus horarios y salarios, y los derechos como la seguridad social, el reparto de utilidades e indemnizaciones.
También establece las obligaciones de quienes administren o gestionen servicios a través de plataformas digitales, entre las que están el pago de los servicios prestados en un plazo no mayor a una semana y la inscripción de los trabajadores al régimen del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
A su vez, el proyecto de decreto fija la naturaleza flexible del horario del trabajo en plataformas digitales, además de los salarios que se establecen con base en tareas, servicio, obra o trabajo realizado; también, estipula la obligación de elaborar un contrato que deberá ser del conocimiento al comienzo de la relación laboral.
En cuanto a derechos laborales, la iniciativa obliga a las empresas de plataformas digitales a pagar a sus empleados en un plazo no mayor a una semana, inscribirlas en el régimen obligatorio de seguridad social y hacer las aportaciones correspondientes al Infonavit, entre otros.
La reforma prohíbe que esas empresas contraten a menores de edad, la retención o manipulación de los ingresos de los trabajadores, así como el cobro por inscripción, uso, separación o por conceptos relacionados con su esquema laboral, entre otras medidas.
“El trabajo de reparto se expandió exponencialmente a partir de la pandemia del covid. El avance tecnológico fue vertiginoso y por ello, resulta urgente adaptar nuestras normas a las nuevas realidades del empleo. ¡Es hora de poner fin a la precariedad laboral y darles estabilidad a miles de mexicanos que hoy se encuentran en el limbo!”, indicó la Senadora Geovanna Bañuelos, presidenta de la comisión del Trabajo y Previsión Social.
Hasta el momento, existen 658 mil personas trabajadoras en plataformas digitales, de acuerdo con los datos del Servicio de Administración Tributaria (SAT). De este grupo, 272 mil logran ingresos superiores al salario mínimo mensual.